jueves, 24 de abril de 2014

Consejo de Cooperación para los Estados Árabes del Golfo

El Consejo de Cooperación de Estados Árabes del Golfo es un organismo que tiene por fin la integración regional de los seis Estados árabes que lo conforman: el Reino de Bahrein, Kuwait, el Sultanato de Omán, Qatar, el Reino de Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos.


El CCG surge el 4 de Febrero de 1981 cuando los Ministros de Relaciones Exteriores de los seis Estados mencionados se reúnen en Riad y emiten un comunicado manifestando su deseo de empezar a transitar el camino de la integración regional. La Primera Cumbre de Jefes de Estado fue llevada a cabo en la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, el 25 de Mayo de 1981. Encuentro que cabe ser recordado pues en el marco del mismo se firmó la Carta constitutiva del CCG. 

Evidentemente la fecha de su creación no es casual, por el contrario, el CCG surge en un momento crítico en el cual la región enfrentaba múltiples amenazas a su seguridad fruto de una serie de acontecimientos que desestabilizan la región. La Revolución Islámica que estalla en Irán en 1979; la invasión soviética a Afganistán que se concreta con el fin de imponer un gobierno que garantizase el orden y que mantuviera al país en la esfera de influencia soviética; y por último, la guerra entre Irán e Irak dos poderosos vecinos que alegaban problemas limítrofes

Según su Carta constitutiva los objetivos básicos del CCG son: lograr coordinación, integración e interconexión entre los Estados Miembros en todos los campos con el objetivo de alcanzar la unidad entre ellos; profundizar y fortalecer las relaciones, vínculos y áreas de cooperación entre sus pueblos en varios campos; formular regulaciones similares en cuanto a: asuntos económicos y comerciales, comunicaciones, educación y cultura; estimular el progreso científico y tecnológico en áreas tales como: minería, agricultura, agua y recursos naturales, etc.; favorecer la investigación científica, propiciar el surgimiento de joint ventures y la cooperación en el sector privado

En relación a los órganos del bloque la Carta hace referencia a: 

El Consejo Supremo

Algunas de sus funciones son: revisar cuestiones de interés de los Estados Miembros; analizar recomendaciones, informes, estudios y propuestas de joint ventures enviadas por el Consejo Ministerial para su aprobación, revisar informes y estudios encargados a la Secretaría General; aprobar las bases para el relacionamiento externo con terceros Estados y organizaciones internacionales; nombrar al Secretario General; enmendar la Carta del CCG y aprobar el presupuesto de la Secretaria General. 


El Consejo de Ministros

Entre sus funciones se destacan: proponer políticas, preparar recomendaciones, estudios y proyectos con el objetivo de desarrollar la cooperación y coordinación entre lo Estados y adoptar las resoluciones y recomendaciones requeridas en este sentido; revisar las propuestas relativas a enmiendas de la Carta y enviar las recomendaciones apropiadas al Consejo Supremo; hacer los arreglos necesarios para las reuniones del Consejo Supremo y preparar su agenda: aprobar informes periódicos tanto como reglamentos relativos a asuntos administrativos y financieros propuestos por la Secretaría General y enviar recomendaciones al Consejo Supremo para la aprobación del presupuesto de la Secretaría General; facilitar la cooperación y coordinación entre las diversas actividades del sector privado, desarrollar la cooperación existente entre los Estados Miembros, Cámaras de Comercio e Industria, así como también el movimiento de trabajadores nacionales entre los Estados Parte. 


La Secretaría General 

Entre sus funciones la Secretaría General debe: preparar estudios relativos a cooperación y coordinación, e integrar planes y programas para direccionar la acción de los Estados Parte; realizar informes periódicos sobre el accionar del CCG, efectuar el seguimiento de la implementación por parte de los Estados Miembros de las resoluciones y recomendaciones emanadas del Consejo Supremo y del Consejo de Ministros, preparar informes y estudios requeridos por el Consejo Supremo y el Consejo de Ministros así como también los borradores de los reglamentos administrativos y financieros y el presupuesto. Asimismo, se encarga de hacer los arreglos necesarios para las reuniones del Consejo de Ministros, de preparar las agendas y los borradores de resoluciones para las mismas y de recomendar al presidente del Consejo de Ministros el llamado a una sesión extraordinaria del Consejo cuando sea necesario. 



La principal fuente de riqueza de los miembros del consejo es el petróleo. No obstante, se trata de una región vulnerable política y económicamente.


El PIB, per cápita y población son las siguientes:


1.- Bahréin: Su PIB es de $31,101 millones de dolares, su per cápita es de $26,108 millones de dolares y su población actual es de 1.428.403 de personas.



2.- Kuwait: Su PIB es de 143.547 millones de euros, su per cápita es de 37.930€ miles de euros y la población de 3.250.496 de personas.




3.- Omán: Su PIB es de 60.899€ millones de euros, su per cápita es de 18.367€ miles de euros y su población es de 3.314.001 personas.




4.-Qatar: Su PIB es de $192 billones de dolares, su per cápita es de $93,613 miles de dolares y su población es de 2,051 millones de personas.



5.- Arabia Saudita: Su PIB es de 561.134€ millones de euros, su per cápita es de 19.543€ miles de euros y su población es de 28.287.855 de personas


6.- Emiratos Árabes Unidos: Su PIB es de 298.543€ millones de euros, su per cápita es de 32.415€ miles de euros y su poblacion es de 9.205.651 personas.